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Le recordamos las principales obligaciones societarias, tributarias y laborales que deberán cumplirse en Ecuador durante el mes de Enero 2023: Ecuador obligaciones de enero 2023

Obligaciones Societarias: Ecuador obligaciones de enero 2023

Reporte de socios o accionistas extranjeros de Sociedades Locales:

En el mes de enero del 2023, las compañías ecuatorianas que tengan como socios o accionistas a sociedades extranjeras deberán remitir a través del portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), la siguiente información: 

  • Certificación extendida por la autoridad competente del país de origen que acredite su existencia. 
  • Lista completa de todos los socios, accionistas o miembros, de la sociedad extranjera. 
  • Si la sociedad extranjera que fuere accionista de una compañía anónima ecuatoriana estuviere registrada en una o más bolsas de valores extranjeras, en lugar de la lista completa mencionada, deberá presentar una declaración juramentada de tal registro y del hecho de que la totalidad de su capital se encuentra representado exclusivamente por acciones, participaciones o títulos nominativos.

Presentación de plan de trabajo e informe del oficial de cumplimiento de compañías obligadas a reportar a la UAFE:

Hasta el 15 de enero del 2023, el Oficial de Cumplimiento de las compañías obligadas a reportar a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) deberán presentar ante la Junta General de Accionistas o Socios un informe anual de sus actividades y metas cumplidas del ejercicio fiscal 2022 así como el plan de trabajo que será aplicable durante el ejercicio fiscal 2023.

Así también, la Junta General de Accionistas o Socios de las compañías obligadas a reportar a la UAFE deberán conocer y aprobar hasta el 31 de enero del 2023 el informe anual de las actividades ejecutadas por el Oficial de Cumplimiento durante el ejercicio fiscal 2022 así como el plan de trabajo del ejercicio fiscal 2023.

Obligaciones Tributarias: Ecuador obligaciones de enero 2023

Presentación del Anexo de Retenciones en la fuente por relación de dependencia (RDEP):

Los empleadores, sean sociedades o personas naturales, en calidad de agentes de retención, deberán presentar en medio magnético a través del portal web de Servicios en Línea del Servicio de Rentas Internas (SRI), la información relativa a las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta (IR) sobre ingresos del trabajo que están bajo relación de dependencia realizadas a sus trabajadores, de acuerdo con el noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC). Lo anterior se deberá presentar inclusive si durante el período mencionado, no se haya efectuado ninguna retención de impuesto a la renta.

Entrega del Formulario 107 a los trabajadores que están bajo relación de dependencia:

Durante el mes de enero de 2023, los empleadores, en calidad de agentes de retención, deberán entregar a sus trabajadores el Formulario 107 en el que consten los ingresos totales percibidos por el trabajador, así como el valor del Impuesto a la Renta retenido durante el ejercicio fiscal 2022.. Este comprobante será entregado inclusive en el caso de los trabajadores que hayan percibido ingresos inferiores al valor de la fracción básica gravada con tarifa cero, según la tabla de impuesto a la renta prevista para personas naturales.

Entrega de proyección de Gastos Personales:

Los trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia deberán entregar a sus empleadores hasta el 31 de enero del 2023 su proyección de gastos personales sobre los que consideren que incurrirán durante el ejercicio fiscal 2023.

Pago del Impuesto Predial Urbano:

Los sujetos pasivos propietarios de predios ubicados dentro de los límites de las zonas urbanas que paguen el respectivo impuesto predial urbano dentro de los primeros quince (15) días del mes de enero de 2023, gozarán de un descuento del 10%. 

Pago del Impuesto a la Patente Municipal:

Los sujetos pasivos que ejerzan una actividad comercial, industrial o financiera, deberán pagar el impuesto a la patente anual ante la respectiva Municipalidad hasta el 30 de enero del 2023.

Comunicación de sistema Contable Diferenciado:

Los proveedores directos de exportadores de bienes deberán comunicar a la Administración Tributaria de forma anual, durante el mes de enero, que mantienen el sistema contable diferenciado, a través de la presentación del formato señalado por el SRI en cualquier oficina de esta Administración a nivel nacional, a fin de poder aplicar el factor de proporcionalidad del 100%.

Declaración y pago del segundo semestre de Impuesto al Valor Agregado (IVA) – RIMPE Emprendedores:

Las personas naturales y sociedades sujetas al Régimen Simplificado de Emprendedores y Negocios Populares – Emprendedores deberán liquidar, declarar y pagar el IVA en el mes de enero 2023 correspondiente al período julio – diciembre del ejercicio fiscal 2022 en las fechas establecidas por el SRI según su noveno dígito de RUC.

Declaraciones y Anexos: 

Resumimos las principales declaraciones y anexos del mes de diciembre 2022 que se deben presentar en el mes de enero 2023:

  • Declaración de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • Declaración de retenciones en la fuente de impuesto a la renta. Siempre y cuando se encuentre registrado en el Catastro emitido por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
  • Anexo transaccional simplificado (ATS). Esta obligación no aplica a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
  • Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE). Aplica en fabricantes de bienes e importadores de bienes gravados con ICE y prestadores de servicios gravados con ICE.
  • Anexo del ICE.

El calendario tributario de este mes es como sigue:

Noveno dígito del RUCFecha máxima de declaración
110 de enero
212 de enero
314 de enero
416 de enero
518 de enero
620 de enero
722 de enero
824 de enero
926 de enero
028 de enero

Consideraciones: 

  • Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil. 
  • Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones tributarias hasta el lunes 9 de enero del 2023. 

Obligaciones Laborales: Ecuador obligaciones de enero 2023

Información para presentar por parte de sustitutos de personas con discapacidad que trabajen bajo relación de dependencia:

Las personas que sean padres o madres de niños, niñas o adolescentes con discapacidad, que trabajen bajo relación de dependencia, en su calidad de sustitutos deberán entregar a su empleador la siguiente documentación que acredite el grado de discapacidad o la calidad de sustituto: 

  • Carné de discapacidad del niño, niña o adolescente; y, 
  • Copia de partida de nacimiento o copia de cédula.

La documentación antes indicada deberá presentarse ante el empleador hasta el 15 de enero del 2023 con la finalidad de poder acogerse a la exoneración del impuesto a la renta establecida en el literal a) del Art.50 del Reglamento de Aplicación a la Ley de Régimen Tributario Interno (RALRTI).

Unificación de Utilidades:

Las sociedades vinculadas que compartan procesos productivos y/o comerciales dentro de una misma cadena de valor, podrán solicitar ante el Ministerio del Trabajo en el mes de enero 2023 que se las considere como una sola sociedad, para efectos del reparto de utilidades del ejercicio fiscal 2022.

Acumulación de beneficios relacionados con la decimotercera y/o decimocuarta remuneración:

Los trabajadores que deseen acumular los beneficios sociales de la decimotercera o decimocuarta remuneración deberán presentarle a su empleador una solicitud por escrito durante los primeros quince (15) días del mes de enero de 2023. En caso de no hacerlo, los valores correspondientes a estos beneficios se entregarán de forma mensual.

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Te dejamos la página oficial del SRI aquí

Nota: El presente boletín es “informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. De tener alguna inquietud por favor escríbanos al correo kcardenas@bp-one.com 

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