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Le recordamos las principales Obligaciones Societarias, Tributarias y Laborales que deberán cumplirse en Ecuador durante el mes de Diciembre 2022: Ecuador obligaciones de diciembre 2023

Obligaciones Societarias: Ecuador obligaciones de diciembre 2023

Reportar información sobre ventas a crédito:  

Hasta el 10 de diciembre del 2022, las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, que dentro de sus actividades realicen ventas a crédito con o sin intereses, deberán suministrar la información sobre dichas operaciones al Registro de Datos Crediticios que forma parte del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos.

Inscripción de escritura de aumento de capital ante el Registro Mercantil:

Hasta el 31 de diciembre del 2022, las sociedades exportadores habituales, las que se dediquen a la producción de bienes que incluye el sector manufacturero, y que posean el 50% o más del componente nacional y las sociedades de turismo receptivo, que resolvieron la reinversión de utilidades del ejercicio 2021, para aprovechar el beneficio tributario de la reducción de diez (10) puntos porcentuales de la tarifa del impuesto a la renta sobre el monto reinvertido en activos productivos, deberán presentar la inscripción de aumento de capital ante el Registro Mercantil.

Sociedades extranjeras: 

Hasta el 31 de diciembre del 2022, las sociedades extranjeras socias o accionistas deberán presentar a la compañía anónima, sociedad por acciones simplificadas o de responsabilidad limitada local, un certificado de existencia legal emitido por la autoridad competente del país de origen, adjuntando la lista de accionistas, socios o miembros debidamente suscrita y certificada ante Notario Público. Dichos documentos deberán estar apostillados o autenticados ante Cónsul ecuatoriano.

Contribución a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros:

Hasta el 31 de diciembre del 2022, las compañías que hasta el 30 de septiembre del 2022 hayan pagado al menos el 50% de la contribución que les corresponde, deberán pagar ante la SCVS el 50% restante de la contribución.

Obligaciones Tributarias: Ecuador obligaciones de diciembre 2023

Pérdida por baja de inventario:

Hasta el 30 de diciembre del 2022, se podrán realizar las declaraciones juramentadas efectuadas ante un Notario o Juez que justifiquen las pérdidas por baja de inventario para que sean consideradas como gastos deducibles de la base imponible del impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2022.

Impuesto predial urbano: 

Hasta el 31 de diciembre del 2022 se deberá pagar el impuesto predial urbano ante la municipalidad donde esté el bien ubicado con un recargo del 10% sobre el valor del impuesto a ser cancelado. Una vez terminado el año fiscal se aplicarán los recargos por mora.

Regularización de activos en el exterior: 

Hasta el 31 de diciembre del 2022, los sujetos pasivos que voluntariamente se hayan acogido a dicho régimen, deberán realizar la declaración y el pago del 100% del impuesto único y temporal para la regularización de activos en el exterior.

Pago de Impuestos a los Vehículos Motorizados (IVM):

Hasta el 31 de diciembre del 2022, los propietarios de vehículos de uso particular, indistintamente del último digito de su placa, deberán pagar el Impuesto a los Vehículos Autorizados (IVM) con recargo por pago tardío en cualquiera de las instituciones financieras autorizadas por el SRI.

Declaración patrimonial:

Entre el 10 y 28 de diciembre del 2022, según el noveno dígito de la cédula o Registro Único de Contribuyentes (RUC), las personas naturales, nacionales y extranjeras, residentes en Ecuador, deberán presentar ante el SRI la declaración patrimonial.

Declaraciones y Anexos: 

Resumimos las principales declaraciones y anexos del mes de noviembre que se deben presentar en el mes de diciembre 2022:

  • Declaración de Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • Declaración de retenciones en la fuente de impuesto a la renta. Siempre y cuando se encuentre registrado en el Catastro emitido por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
  • Anexo transaccional simplificado (ATS). Esta obligación no aplica a personas naturales no obligadas a llevar contabilidad.
  • Declaración del Impuesto a los Consumos Especiales (ICE). Aplica en fabricantes de bienes e importadores de bienes gravados con ICE y prestadores de servicios gravados con ICE.
  • Anexo del ICE.

El calendario tributario de este mes es como sigue:

Noveno dígito del RUCFecha máxima de declaración
110 de diciembre
212 de diciembre
314 de diciembre
416 de diciembre
518 de diciembre
620 de diciembre
722 de diciembre
824 de diciembre
926 de diciembre
028 de diciembre

Consideraciones: 

  • Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil. 
  • Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones tributarias del mes de noviembre hasta el viernes 9 de diciembre del 2022. 

Obligaciones laborales:

Pago de la decimotercera remuneración:

Hasta el 24 de diciembre del 2022, se podrá pagar a los trabajadores en relación de dependencia que solicitaron su acumulación la decimotercera remuneración.

Pago de las planillas del IESS:

Los empleadores deberán efectuar el pago de las planillas de aportación al seguro social, préstamos y fondos de reserva hasta el jueves 15 de diciembre.  Aquellos empleadores que tienen suscrito convenio de débito bancario, el pago se realizará el miércoles 14 de diciembre.

Compensación económica:

Hasta el 31 de diciembre del 2022, los empleadores que durante el 2022 no pagaron a sus trabajadores un monto igual o superior al Salario Básico Unificado, es decir USD 425 (SBU vigente en el 2022), deberán liquidar la compensación económica para el salario digno.

Reporte de resultados de diagnóstico de programas de prevención integral del uso y consumo de alcohol, tabaco u otras drogas:

Hasta el 31 de diciembre del 2022, los empleadores que cuenten con más de diez (10) trabajadores deberán reportar al Ministerio del Trabajo (MDT) y Ministerio de Salud Pública (MSP) toda información que resulte del diagnóstico general de los programas de prevención del uso y consumo de alcohol, tabaco u otras drogas en espacios laborales del sector privado.

Reporte de información ante el Ministerio del Trabajo:

Hasta el 31 de diciembre del 2022, los empleadores deberán reportar ante el MDT lo siguiente: 

  • Los empleadores que cuenten con más de diez (10) trabajadores, reportarán los indicadores de gestión del programa de prevención de riesgos psicosociales.
  • Obligaciones en materia de seguridad y salud en el trabajo y gestión integral de riesgos. 
  • Los empleadores que cuenten con más de diez (10) trabajadores, reportarán la planificación de los programas de prevención integral del uso de alcohol, tabacos u otras drogas en espacios laborales privados.
  • Registro e implementación del programa de prevención de riesgos psicosociales y el protocolo de prevención y atención de los casos de discriminación, acoso laboral y/o toda forma de violencia contra la mujer en espacios laborales.

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Nota: El presente boletín es “informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. De tener alguna inquietud por favor escríbanos al correo kcardenas@bp-one.com 

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