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ECUADOR: Obligaciones Societarias, Tributarias y Laborales Febrero 2024

Obligaciones Societarias:

  • Reporte de socios o accionistas extranjeros de sociedades locales: Las compañías ecuatorianas que tengan como socios o accionistas a sociedades extranjeras deberán remitir a través del portal web de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros (SCVS), la información de las sociedades extranjeras.

Obligaciones Tributarias:

  • Presentación ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) de la declaración del Impuesto a la Renta: Desde el 1 de febrero, las personas naturales, sucesiones indivisas y compañías tienen la posibilidad de presentar ante el Servicio de Rentas Internas (SRI) la declaración del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2023.
  • Anexo Relación de Dependencia – RDEP: Los empleadores deberán presentar la información relativa a las retenciones en la fuente del Impuesto a la Renta de ingresos del trabajo bajo relación de dependencia, realizadas por ellos en el período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de cada año. El anexo se presentará en enero del año siguiente, al que corresponda la información. Sin embargo, por única vez, las retenciones efectuadas en el periodo 2023 se reportarán de acuerdo con el siguiente calendario:
  • Anexo de gastos personales: Las personas naturales que durante el año al que corresponde la declaración tuvieron ingresos superiores a la base imponible desgravada e hicieron uso de gastos personales, deben presentar el Anexo de Gastos Personales según el noveno dígito de su número de cédula o RUC. 
  • Proyección de gastos personales: Los contribuyentes en relación de dependencia pueden presentar a sus empleadores la proyección de los gastos personales en que incurrirán durante el año en curso para establecer la rebaja en su impuesto a la renta.
  • Anexo Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros del Directorio y Administradores – APS: Las sociedades, las sucursales de sociedades extranjeras residentes en el país y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes, informarán al Servicio de Rentas Internas (SRI) según el noveno dígito del RUC, sobre la composición societaria de manera anual con corte al 31 de diciembre, hasta el mes de febrero del año siguiente al período sobre el cual se reporta la información. Si tuvo variación en la nómina de sus socios, accionistas, partícipes, miembros del directorio o administradores, se presentará dicha información en un nuevo anexo al mes subsiguiente de ocurrido el cambio.
  • Pago de autorretención de impuesto a la renta: Las empresas clasificadas como grandes contribuyentes están obligadas a presentar y abonar la autorretención del impuesto a la renta sobre la totalidad de sus ingresos gravados según el noveno dígito del RUC. Esto se realiza conforme a la tasa impositiva efectiva establecida por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
  • Pago del impuesto predial rural: Hasta el 14 de febrero, aquellos que deseen beneficiarse de un descuento del 10% deben abonar la primera cuota del impuesto predial rural del año 2024 ante la municipalidad correspondiente al lugar donde se ubique la propiedad. Desde el 16 hasta el 28 de febrero, aquellos interesados en obtener un descuento del 7% deben efectuar el pago del impuesto predial rural correspondiente al año 2024 ante la municipalidad correspondiente al lugar donde se encuentre la propiedad.
  • Pago del impuesto predial urbano: Hasta el 15 de febrero, aquellos que deseen obtener un descuento del 8% deben realizar el pago ante la municipalidad correspondiente al lugar donde se ubique la propiedad, correspondiente al impuesto predial urbano del año 2024.
  • Licencia única anual para establecimientos turísticos: Hasta el 29 de febrero, en los primeros 60 días del año, los establecimientos turísticos ubicados en el Cantón Guayaquil deben proceder a la renovación de la licencia para obtener el permiso de funcionamiento.
  • Pago de Impuesto a los Vehículos Motorizados (IVM): Hasta el 29 de febrero, los automóviles de uso personal con el último dígito de la placa igual a 1 deben realizar el pago del Impuesto a la Circulación Vehicular (IVM) en cualquiera de las entidades financieras autorizadas por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
  • Calendario tributario: El calendario tributario para las declaraciones de impuestos de este mes es como sigue:

Nota: Si el día de la declaración vence en fin de semana o feriado, la declaración se podrá realizar el siguiente día hábil. siempre que se mantenga dentro del mismo mes, caso contrario la fecha de vencimiento deberá adelantarse al último día hábil del mes de vencimiento.Los contribuyentes especiales deberán presentar sus declaraciones tributarias hasta el 11 de febrero del 2024.

Obligaciones Laborales:

  • Registro del pago de la décimo tercera remuneración: Los empleadores deben efectuar la inscripción del pago correspondiente a la décimo tercera remuneración del ejercicio 2023 utilizando la plataforma de salarios en línea proporcionada por el Ministerio del Trabajo (MDT), en relación con sus empleados que mantengan una relación laboral.  La fecha de registro se debe realizar según el noveno dígito del RUC o cédula de ciudadanía como sigue: Novenos dígitos: 1, 2, 3, 4 o 5 entre el 5 de enero hasta el 5 de febrero. Novenos dígitos: 6, 7, 8, 9 y 0 entre el 6 de febrero hasta el 6 de marzo.

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