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Cambios Importantes en la Presentación de Declaración Patrimonial y Anexo de Activos y Pasivos

Introducción:

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha implementado cambios significativos en el plazo y requisitos para la presentación de Declaración Patrimonial y Anexo de Activos y Pasivos. En este artículo, exploraremos detalladamente los cambios introducidos por la Resolución NAC-DGERCGC22-00000019, cómo afectan a personas naturales y sociedades, y las novedades relacionadas con el Régimen Impositivo Voluntario.

Extensión de Plazos para Declaración Patrimonial y Anexo de Activos y Pasivos Anexos:

La Resolución NAC-DGERCGC22-00000019, publicada el 09 de mayo del 2022 en el Tercer Suplemento del Registro Oficial No. 58, trae consigo una extensión en los plazos para presentar la Declaración Patrimonial de personas naturales y el Anexo de Activos y Pasivos de sociedades y establecimientos permanentes para el ejercicio fiscal 2022.

1. Declaración Patrimonial de Personas Naturales: Declaración Patrimonial y Anexo de Activos y Pasivos

La resolución impacta directamente a las personas naturales, especialmente a aquellas que poseen pasaporte y carecen de cédula de identidad. Para este grupo, la presentación de la declaración patrimonial correspondiente al noveno dígito 0 debe realizarse antes del 28 de diciembre, de acuerdo con el calendario establecido.

En este sentido, en el mes diciembre del 2022 vencen los plazos concedidos por el SRI para la presentación de la declaración y anexo mencionado conforme al noveno dígito del RUC o cédula de identidad, según corresponda hasta las fechas señaladas en el siguiente calendario: 

Noveno dígito del RUC o CI Fecha máxima de presentación 
10 de diciembre 
12 de diciembre 
14 de diciembre 
16 de diciembre 
18 de diciembre 
20 de diciembre 
22 de diciembre 
24 de diciembre 
26 de diciembre 
28 de diciembre 

2. Régimen Impositivo Voluntario: Único y Temporal: Declaración Patrimonial y Anexo de Activos y Pasivos

La resolución también afecta a los sujetos pasivos que optan por el Régimen Impositivo Voluntario, Único y Temporal para Regularización de Activos en el Exterior. Para este grupo, la presentación de la declaración y el anexo mencionados se extiende hasta el 31 de diciembre del 2022, en relación con el ejercicio fiscal 2022. Cabe destacar que, si se presentan declaraciones sustitutivas, también deben ser presentadas antes del mismo plazo límite.

Nuevas Directrices y Calendarios:

La Resolución NAC-DGERCGC22-00000019 redefine los plazos y los procesos para la presentación de declaraciones y anexos fiscales. Estas nuevas directrices afectan tanto a personas naturales como a sociedades, así como a aquellos que buscan regularizar activos en el exterior a través del régimen voluntario.

Conclusiones: Adaptándose a los Cambios Fiscales:

La Resolución NAC-DGERCGC22-00000019 presenta cambios significativos en los plazos y requisitos para la presentación de declaraciones patrimoniales y anexos fiscales. Es esencial que las personas naturales y las sociedades se adapten a estas nuevas regulaciones para garantizar el cumplimiento adecuado. La extensión de plazos para el Régimen Impositivo Voluntario ofrece una oportunidad para aquellos que buscan regularizar activos en el exterior. Mantenerse informado y seguir los nuevos calendarios es fundamental para evitar incumplimientos y aprovechar las ventajas que ofrecen estas regulaciones actualizadas.

En el siguiente enlace encontrará la mencionada Resolución para su descarga:

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Te dejamos la página web oficial del SRI aquí.

Nota: El presente boletín es “informativo”, por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. De tener alguna inquietud por favor escríbanos al correo kcardenas@bp-one.com 

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