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ECUADOR: Cambios en el Régimen Impositivo para Microempresas y Negocios Populares (RIMPE)

A partir del 1 de enero de 2024, el Servicio de Rentas Internas (SRI) ha implementado cambios significativos en el Régimen Impositivo para Microempresas y Negocios Populares (RIMPE). Esta modificación se lleva a cabo como parte de las reformas tributarias con el objetivo de adecuar las categorías y condiciones para los contribuyentes.

¿Quiénes son considerados como Negocios Populares?

Según las nuevas disposiciones, desde el año fiscal 2024, se considerará como «negocio popular» aquel que informe ventas anuales de hasta USD 20.000. Por otro lado, aquellos negocios cuyas ventas superen los USD 20.000 y lleguen hasta los USD 300.000 se clasificarán como «emprendedores», siempre y cuando no presenten actividades excluyentes.

Es fundamental tener en cuenta que, hasta el 31 de diciembre de 2023, la normativa permitía que existieran contribuyentes con actividades económicas tributando tanto en el régimen general como dentro del RIMPE.

Para verificar y confirmar a qué régimen pertenece, le instamos a consultar su situación actual accediendo al siguiente enlace: Consulta de RUC

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Te dejamos la página oficial del SRI aquí

Nota: El presente boletín es “informativo”por lo que no es, ni podrá, ser usado como asesoría, consultoría u opinión legal. De tener alguna inquietud por favor escríbanos al correokcardenas@bp-one.com